viernes, 28 de agosto de 2009

SINA

SINA
A partir de la ley 99 de 1993, se crea el SINA (sistema nacional ambiental) el cual se define como “conjunto de orientaciones, normas, actividades, recursos, programas e instituciones que permiten la puesta en marcha de los principios generales ambientales contenidos en la Constitución Política de Colombia de 1991 y la ley 99 de 1993”. El Ministerio del Medio Ambiente, las Corporaciones Autónomas Regionales, las Entidades Territoriales y los Institutos de Investigación adscritos y vinculados al Ministerio componen el SINA. Antes del SINA existía el INDERENA (Instituto Nacional de Recursos Naturales), que manejaba los recursos naturales y el medio ambiente a nivel nacional (1968-1993, es 1984 se especializa en administración y protección de recursos naturales renovables y del medio ambiente).


El SINA se compone por: 1.Los principios y orientaciones generales contenidos en la Constitución Nacional, en esta ley y en la normatividad ambiental que la desarrolle.
2..La normatividad específica actual que no se derogue por esta ley y la que se desarrolle en virtud de la ley.
3.Las entidades del Estado responsables de la política y de la acción ambiental, señaladas en la ley.
4.Las organizaciones comunitarias y no gubernamentales relacionadas con la problemática ambiental.
5.Las fuentes y recursos económicos para el manejo y la recuperación del medio ambiente.
6.Las entidades públicas, privadas o mixtas que realizan actividades de producción de información, investigación científica y desarrollo tecnológico en el campo ambiental.”
Los Institutos de Investigación adscritos y vinculados al Ministerio son creados también por la ley 99 del 93 y su fin es ser órganos técnicos asesores para el SINA. Estos institutos son:
· El Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales (IDEAM), que tiene como objetivo es obtener, analizar, estudiar, procesar y divulgar la información respecto al medio ambiente físico.
· El Instituto de Investigaciones Marinas y Costeras José Benito Vives de Andreis (INVEMAR)que se encarga de realizar investigaciónes sobre los recursos naturales renovables y el medio ambiente en ecosistemas marinos y costeros.
· El Instituto Amazónico de Investigaciones Científicas SINCHI realiza investigaciones biológicas y sociales de la región amazónica.
· El Instituto de Investigaciones Ambientales del Pacífico realiza investigaciones sobre el medio ambiente del Litoral Pacífico.

El Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial MAVDT , Departamento Nacional de Planeación DNP , Corporaciones autónomas regionales CAR, Corporaciones de desarrollo sostenible CDS, -Autoridades ambientales urbanas AAU son las principales entidades publicas que conforman el SINA.El SINA obtiene sus recursos de: tasas compensatorias (gastos de mantenimiento y renovación de recursos naturales); tasas retributivas (uso directo o indirecto de suelo, agua y atmósfera, por emisiones y vertimientos); tasa por uso de agua (para protección del recurso hídrico y sus cuencas hidrográficas) y tasa de aprovechamiento forestal (se cobra a quines tengan permiso para tala). Estas tasas pagan en impuestos prediales, facturas de servicios públicos o impuestos industriales.
Por medio de Contraloría Delegada para Medio Ambiente, La Contraloría General de la República garantiza el ejercicio y ejecución de las funciones y las responsabilidades misionales definidas en la Constitución Política y la ley.
Sin embargo, el SINA no cumple del todo con su fin de preservar el medio ambiente.
La contaminación hídrica es un problema de gravedad en Colombia. la Ley 99 de 1993 y el decreto reglamentario 901 de abril de 1997 introducen la Tasa Retributiva, un instrumento que permite obtener la calidad ambiental deseada por la sociedad al mínimo costo económico posible. Con base en estudios técnicos se expidió la resolución 273 del 1 de abril de 1997 “por la cual se fijaron como parámetros básicos para iniciar el cobro de esta tasa los sólidos suspendidos totales ( SST ) y demanda bioquímica de oxígeno, ( DBO ) y se establecieron las respectivas tarifas por kilogramo de carga contaminante”. Sin embrago, estos parámetros son un porcentaje, lo que quiere decir que hay una inequidad en cuanto a los vertimientos de las diferentes empresas pues el vertimiento de una pequeña empresa no será igual al de una grande empresa. Esto permite que las empresas que producen más, contaminen más el medio ambiente. Por esta razón, el SINA no esta realizando bien su trabajo, en este caso, pues la medida no esta bien establecida.


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